BLOG: Derechos del consumidor respecto a vicios ocultos en la construcción


Por Nabil Ramia

Hasta hoy, gran parte de mi vida ha estado profundamente vinculada a la protección de los derechos de los consumidores en la República Dominicana, ya que tuve la oportunidad de trabajar en esta área durante 5 años. Por ello, escribo este artículo para abordar la principal preocupación de los clientes, tanto nacionales como internacionales, que compran su primera, segunda o propiedad de inversión en la isla: los defectos de construcción, un tema en el que la legislación de la República Dominicana es firme.

Los defectos de construcción se refieren a fallas o imperfecciones en el proceso constructivo que pueden afectar la integridad, seguridad o funcionalidad de una estructura edificada. Estos defectos pueden incluir problemas como mano de obra deficiente, errores de diseño o el uso de materiales de calidad inferior, lo que puede ocasionar inconvenientes que van desde filtraciones de agua e inestabilidad estructural hasta fallas eléctricas o de plomería. Los defectos de construcción pueden presentarse tanto en propiedades residenciales como comerciales y, a menudo, generan desafíos financieros y logísticos para los propietarios. Abordar los defectos de construcción suele implicar recurrir a vías legales, mediante las cuales las partes afectadas buscan soluciones por parte de constructores, contratistas o desarrolladores para corregir los problemas y mitigar los daños asociados. Esto resalta la importancia de cumplir con los estándares de calidad y ejercer una supervisión rigurosa durante todo el proceso constructivo para garantizar la durabilidad y seguridad de los entornos edificados.

De conformidad con nuestras leyes, específicamente el Código Civil de la República Dominicana, se establece lo siguiente: “El vendedor está obligado a garantizar el bien vendido contra vicios ocultos que lo hagan inútil para el uso previsto o reduzcan su utilidad hasta tal punto que el comprador no lo habría adquirido o habría pagado un precio menor de haberlos conocido.” Además, el Artículo 1645 confirma que: “Si el vendedor tiene conocimiento de los defectos del bien, está obligado, además de reembolsar el precio recibido, a indemnizar al comprador por todos los daños y perjuicios sufridos.'

En conclusión, el éxito en el sector inmobiliario es una combinación de cualidades que abarca desde la adaptabilidad y la comunicación efectiva hasta el conocimiento del mercado, el enfoque centrado en el cliente y el dominio de la tecnología. Al incorporar estas características, los agentes y corredores se posicionan no solo como líderes del sector, sino también como socios de confianza en los proyectos inmobiliarios de sus clientes.

Previous
Previous

BLOG: Nuevas regulaciones para agentes, como debería ser

Next
Next

BLOG: Características esenciales de los agentes y corredores inmobiliarios de alto rendimiento